España representa uno de los países preferidos por nuestros clientes holandeses para iniciar su aventura empresarial. En numerosas ocasiones, nuestro despacho ha asistido jurídicamente a holandeses y empresas (internacionales) que han decidido emprender un proyecto empresarial en nuestro país. Hemos asistido, entre otras, a empresas del sector de la tecnología de la información (TI), ingeniería y contratación de personal.
Además, nos encontramos regularmente con empresas holandeses o internacionales dispuestos a constituir un establecimiento en España con el fin de ampliar sus actividades y contratar personal en España. Si se cuenta con los fondos adecuados, y un proyecto sólido, España presenta todas las características necesarias para ser el entorno ideal. A pesar de que hoy en día se puede gestionar un negocio mayormente de manera online, sobre todo a raíz de la situación generada por el COVID; en ocasiones resulta igualmente interesante (o necesario) contar con un espacio físico. También es posible que, por el tipo de negocio, sea indispensable contar con un establecimiento abierto al público. En este sentido, España ofrece una amplia y variada oferta de localizaciones en las que montar un negocio.
Sin embargo, desde un punto de vista legal, tributario y práctico (burocrático), no resulta tan sencillo crear un negocio en nuestro país. Con carácter general, nuestro consejo es siempre articular el negocio a través del engranaje de una sociedad limitada, como primer paso para emprender con éxito y garantías. Evidentemente, la decisión final dependerá de diversos factores (tipo de negocio, volumen de facturación, estructura, etc.). Debemos ser conscientes de que, en el ámbito empresarial, jurídico y burocrático, España y Holanda difieren enormemente. Aunque en Holanda sería posible tener operativa una sociedad limitada (SL) en cuestión de pocos días, en España el proceso de constitución tarda entre dos y tres meses, aproximadamente. Ello es debido a la cantidad de trámites y pasos que es necesario tomar ante cada uno de los órganos involucrados en el proceso, como la notaría, el banco, la Agencia Tributaria y el Registro.
En resumen, hay que tener en cuenta los siguientes trámites a la hora de constituir una sociedad limitada:
1) Determinar quiénes será(n) el (los) socio(s) y administrador(es)
2) Otorgar un poder notarial
3) Gestionar un NIE (Número de identidad de extranjeros) para las personas correspondientes
4) Gestionar un CIF (número fiscal) para las empresas holandesas implicadas, si procede.
5) Reservar un nombre para la empresa española
6) Dirección (sede) en España para la empresa
7) Abrir una cuenta bancaria española
8) Depositar el capital inicial (mínimo 3000,- euros)
9) Gestionar el certificado del banco
10) Descripción de la actividad y vincularla al código CNAE
11) Redactar los estatutos
12) Firmar la escritura de constitución ante el notario
13) Inscripción en el Registro Mercantil
14) Gestionar el número CIF para la empresa española
15) Gestionar el alta en la Agencia Tributaria y la Seguridad Social españolas
16) Apertura de la cuenta bancaria de forma oficial
17) Gestionar el certificado digital para la empresa y el administrador
18) Una vez que la empresa esté activa, es necesario iniciar la contabilidad y cumplir con las obligaciones fiscales
19) En caso de contratar a empleados, éstos ya pueden ser dados de alta ante las autoridades españolas
En OTIS ADVOCATEN SPANJE contamos con abogados especialistas, que pueden asistirte a lo largo de todo el proceso de constitución, a la hora de redactar los estatutos o los pactos para sociales, gracias a nuestro departamento de Derecho Societario. Además, podemos ofrecerte un servicio integral, incluyendo la asistencia jurídica en todo aquello relacionado con el cumplimiento de las obligaciones tributarias y fiscales, y cualquier otro trámite de parecida índole, en colaboración con una empresa con la que tenemos una estrecha colaboración. Por último, los abogados especialistas de nuestro departamento de Derecho Laboral podrán ayudarte a redactar los contratos de trabajo de los empleados españoles y encargarse de la administración de las nóminas.
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