Juntas telemáticas en la nueva normalidad tras el COVID-19

Debido a la pandemia generada por la COVID-19 que estamos viviendo, las sociedades se han visto obligadas en numerosas ocasiones a modificar diversas prácticas tanto en el ámbito laboral como a nivel interno. Uno de los casos más típicos es la celebración de las juntas, pues debido a las restricciones de movilidad y reunión, éstas han tenido que reducir el número de asistentes o incluso celebrarse de manera telemática.

Ante estas restricciones, el gobierno se vio en la obligación de adaptar y flexibilizar las normas que regulan la asistencia telemática de las juntas. Pero es el 3 de mayo cuando entra en vigor la nueva Ley por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital.

Entre otras disposiciones, lo que modifica esta Ley es la posibilidad de que los estatutos de las sociedades tanto anónimas como limitadas prevean la posibilidad de asistir a la junta por medios telemáticos, siempre y cuando se garantice la correcta identificación del sujeto, los plazos a cumplir y el correcto desarrollo de esta en tiempo y forma.

En concreto los administradores determinarán que aquellos que tengan la intención de acudir por medios telemáticos propuestas o intervenciones de acuerdos, lo deberán de remitir con anterioridad a la sociedad con anterioridad al momento de la constitución de la junta. En cuanto a las respuestas de los socios o sus representantes que vayan a ejercitar su derecho de información con asistencia online, este se producirá durante la propia reunión o en los siete días siguientes a la finalización de la junta.

Además se añade también la posibilidad de que las juntas se celebren exclusivamente de manera telemática, ello siempre y cuando se cumplan unos requisitos establecidos por Ley.

Es evidente que los cambios que han tenido lugar como consecuencia de la COVID-19, han venido para quedarse, son cada vez más los encuentros telemáticos y con ello la necesidad de que la normativa sufra constantes modificaciones.

Desde OTIS Advocaten, estamos al día de todas estas modificaciones, y estamos encantados de poder ayudarte, ya sea redactando tus estatutos sociales si quieres constituir una nueva sociedad o simplemente poniéndolos al día respecto a la nueva normativa. Unos estatutos correctamente redactados puede evitarte numerosos problemas en un futuro.

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