Orden de vigilancia Europa – Regresar a Holanda estando en libertad con cargos

Uno de los problemas que conlleva ser procesado por la comisión de un delito en España, o en cualquier otro país de la Unión Europea, es la aplicación de una medida cautelar, que si bien no es tan restrictiva como  permanecer en prisión a la espera de juicio, también restringe derechos personales, como la libertad de movimiento.

Concretamente, una de las medidas cautelares que los tribunales más tienden a aplicar, es la obligación de permanecer en el territorio nacional a la espera de juicio, con retirada de pasaporte y obviamente, la imposibilidad de regresar al país de origen mientras el juzgado está pendiente de la celebración de juicio. Esta medida tiene como finalidad, garantizar la presencia de la persona investigada por un delito en el juicio, si bien no es una medida tan lesiva como la prisión provisional.

Si bien esta medida cautelar es menos lesiva que la medida de prisión provisional,  la obligación de permanecer en un país extranjero puede ser casi más perjudicial, financieramente hablando, que la prisión provisional, ya que la persona a la que se le impide regresar a su país de origen, debe costearse de su propio bolsillo, su vida y estancia en el país en el que está siendo procesado. Para evitar que esta prohibición de regreso al país de origen conlleve estos problemas, la Unión Europea dictó la Decisión Marco 2009/829, la cual fue trasladada al ordenamiento jurídico español mediante la Ley 23/2014 sobre  reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la unión europea.

Esta Ley introduce la figura  de la ORDEN DE VIGILANCIA EUROPEA, la cual consiste en conceder a cualquier ciudadano de la Unión Europea que esté siendo investigado en una causa criminal en España, y al cual  le hayan aplicado una medida cautelar de permanencia en el país a la espera de juicio, podrá regresar a su país de origen, y permanecer allí a la espera de juicio. Este traslado deberá ser supervisado y solicitado por el tribunal español que dictó la medida cautelar, en coordinación con los tribunales del país de origen del ciudadano europeo investigado.

Si por algún motivo usted se encuentra en alguno de estos supuestos, no dude en contactarnos a fin de poder ayudarle en esta situación.

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